Una muestra de impunidad sacude al Gobierno Regional de Arequipa (GRA). Mediante la Resolución Gerencial General Regional n.° 586-2026-GRA/GGR, firmada el 17 de agosto de 2026 por el gerente general, Juan Blanco Mendoza, se declaró prescrita la facultad para sancionar a 3 servidores que acudieron a laborar en presunto estado de ebriedad.
Los hechos se remontan al 27 de junio de 2024, cuando una inspección realizada entre las 15:00 y 16:00 horas se constató que los trabajadores Florentino Soto Aguilar, Hernán Pariapaza Vilca y Percy Benavente Canazas abandonaron sus puestos tras el refrigerio (13:15 horas) con el que cuentan los colaboradores.
Al retornar a las 15:45 horas, el coordinador de seguridad, Giancarlo Mengoa, reportó que presentaban un síntomas de un presunto estado de ebriedad y conducta incoherente, por lo que se redactó un acta y se les ordenó retirarse afectando las funciones del departamento.
CARTERA. Los involucrados pertenecen al Área Funcional No Estructurada de Mantenimiento de Infraestructura Pública (Afnemip), específicamente del taller de carpintería, dependencia cuestionada encargada de la ejecución de fichas técnicas, reparación y mantenimiento de locales e infraestructura pública regional.
Pese a la gravedad de la falta contra la seguridad y eficiencia del departamento, el caso terminó en un escandaloso ‘carpetazo’ por inacción administrativa. El plazo legal para iniciar el Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD) era de un año tras tomar conocimiento del hecho, venciendo el 27 de junio de 2025.
Aunque la Secretaría Técnica emitió el informe de precalificación n.° 172-2025 el 6 de junio de 2025 recomendando el inicio del PAD, el Afnemip (que actuaba como órgano instructor) no movió un solo papel y archivó negligentemente el expediente dentro de un legajo de fichas técnicas.