El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa de 51.51 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/275 578 a la empresa S.C. Johnson & Son del Perú S.A. por la etiqueta engañosa del limpiador “Mr. Músculo Baño limpia sarro y suciedades difíciles – 500 ml”, al difundir la frase “Mata el 99.9 % de los gérmenes” sin acreditar adecuadamente su veracidad.
La resolución N.º 004-2025/CCD-INDECOPI, emitida el 28 de enero de 2025, determinó que dicha afirmación no contaba con el respaldo suficiente y podía generar una percepción errónea en el consumidor promedio, al hacerle creer que el producto eliminaba prácticamente todos los microorganismos existentes.
En 2022, la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal solicitó a la Dirección de Fiscalización del Indecopi supervisar productos de limpieza con propiedades desinfectantes. El objetivo era verificar si los mensajes publicitarios impresos en los empaques cumplían con las normas de veracidad e información clara.
Durante esa revisión, se detectó que el producto Mr. Músculo incluía en su envase la afirmación “Mata el 99.9 % de los gérmenes”, sin precisar a qué microorganismos se refería, lo que motivó el inicio del procedimiento sancionador el 4 de diciembre de 2023.
La resolución N.º 004-2025/CCD-INDECOPI declaró fundada la denuncia contra S.C. Johnson & Son del Perú S.A. por publicidad engañosa en el producto Mr. Músculo, e impuso una multa de 51.51 UIT, además de ordenar el retiro del mensaje observado y registrar a la empresa como infractora.
En sus descargos, la empresa sostuvo en declaraciones a LP Pasión por el Derecho, que desde junio de 2023 ya había modificado el empaque del producto. En la nueva presentación (lote 3293005, con fecha de fabricación 20 de octubre de 2023), se mantenía el mensaje, pero se incluía en la parte posterior una lista detallada de las cepas frente a las cuales el producto había sido probado. Estas incluían:
A partir de ello, la empresa solicitó a Indecopi la aplicación de una eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria, argumentando que el cambio fue hecho antes del inicio formal del proceso administrativo.