Economía

Indecopi multa con S/35 947 a BBVA Perú por falta de seguridad en las compras virtuales

Esta medida se realizó tras la denuncia de un ciudadano en 2023.

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DIARIO VIRAL

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La Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó al Banco BBVA Perú con una multa de 6.98 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 35 947, por no adoptar medidas de seguridad adecuadas en una compra virtual no autorizada de S/ 3749 y un débito no autorizado de S/869.

Según una resolución publicada este lunes 26 de agosto, Indecopi ordenó a la entidad financiera anular la operación no reconocida y devolver los S/869 a la cuenta de ahorros del afectado, junto con cualquier comisión o cargos generados. El caso se remonta a junio de 2023, cuando el cliente presentó una denuncia alegando infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor.

En mayo de ese año, recibió un correo notificándole una compra de S/ 3749 realizada con su tarjeta de crédito en VM Ferretería Gon, la cual no reconoció. Además, el banco debitó S/869 de su cuenta de ahorros para el pago de dicha tarjeta sin autorización. El usuario solicitó la anulación del consumo, la devolución del monto debitado y el reembolso de las costas y costos del procedimiento.

Posteriormente, en septiembre, la Oficina Regional de Piura (ORPS) inició un procedimiento administrativo sancionador contra el banco. En octubre, la ORPS declaró fundada la denuncia, sancionó a la entidad con 3.49 UIT por cada infracción y ordenó la anulación de la compra no reconocida y la devolución del monto debitado.

Sin embargo, el BBVA Perú apeló la resolución al argumentar que las transacciones fueron validadas correctamente según su sistema y que la tarjeta fue bloqueada después de la operación no reconocida. También indicó que la negligencia del consumidor al permitir que terceros fingieran ser representantes del banco para cambiar su tarjeta fue un factor relevante. Respecto al débito de la cuenta de ahorros, defendió que estaba permitido por el contrato de la tarjeta de crédito.

De igual modo, señaló que las sanciones y medidas correctivas eran desproporcionadas y contrarias al debido proceso. Tras el procedimiento administrativo sancionador, la Comisión concluyó que el banco vulneró el Código de Protección y Defensa del Consumidor, específicamente el deber de idoneidad. La resolución final, que confirmó en segunda instancia administrativa la denuncia, quedó consentida.

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