El Ministerio de Energía y Minas (Minem) decidió eliminar disposiciones clave de su recientemente publicado reglamento que regula el proceso de formalización minera en el Perú, según lo establece el Decreto Supremo Nº 010-2025-EM, publicado este domingo 1 de junio de 2025.
Entre las medidas más destacadas, se elimina la posibilidad de transferir automáticamente por herencia la titularidad en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) y se retira la coordinación presupuestal con los gobiernos regionales para este proceso. Estas modificaciones buscan reforzar el control centralizado del MINEM sobre la formalización minera y garantizar la sostenibilidad ambiental de las actividades extractivas.
De acuerdo con el decreto, se derogan tanto el artículo 10 del Reglamento de la Ley Nº 32213, aprobado previamente por el Decreto Supremo Nº 009-2025-EM, como la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 018-2017-EM.
Estas disposiciones permitían, entre otras cosas, la transferencia de titularidad en el REINFO por sucesión y la posibilidad de que los gobiernos regionales colaboraran en el proceso de formalización minera mediante convenios específicos.
Según el texto oficial, estas derogaciones buscan garantizar la transitoriedad y excepcionalidad del proceso de formalización minera integral, además de reafirmar la rectoría del MINEM en esta materia.