Este 15 de julio vence el plazo para que las empresas del sector privado paguen la gratificación por fiestas patrias a sus trabajadores en planilla. La Sunafil advirtió que el incumplimiento o el pago fuera de plazo puede ser sancionado con multas de hasta S/143 660, según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados.
Las multas para las pequeñas empresas oscilan entre 0.45 UIT y 4.50 UIT, es decir, entre S/2475 y S/24 750. En el caso de las medianas y grandes empresas, las sanciones van de 1.57 UIT a 26.12 UIT, equivalentes a S/8635 y S/143 660, respectivamente.
La Sunafil precisó que el incumplimiento del pago de la gratificación constituye una infracción grave en materia laboral. Además, informó que el 98 % de las inspecciones por este concepto se iniciaron tras denuncias de los propios trabajadores. Entre 2024 y diciembre de 2025 se realizaron 27 774 inspecciones por denuncias frente a 557 operativos de oficio.
Especialistas advirtieron que muchas contingencias no se originan por la falta de pago, sino por errores en el cálculo. Karen Bustamante, del estudio Echecopar, recomendó revisar con anticipación la remuneración computable, especialmente en trabajadores con ingresos variables. En la misma línea, el abogado laboralista Juan Valera alertó sobre errores en la aplicación de las reglas para empresas del Remype y trabajadores con RIA.
La gratificación equivale a una remuneración íntegra para quienes laboraron el semestre completo hasta el 30 de junio de 2026. Quienes trabajaron menos tiempo recibirán un sexto de la remuneración computable por cada mes completo laborado. El empleador también deberá pagar una bonificación extraordinaria del 9 % por EsSalud o del 6.75 % para trabajadores afiliados a una EPS.