El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ordenó el retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado en las zonas urbanas del país con el fin de garantizar seguridad a la población.
Esto se dio a conocer a través del Decreto Supremo N.º 007-2024-MTC, publicado en el diario El Peruano. De esta manera, el Ejecutivo busca promover la descontaminación ambiental para el desarrollo adecuado de millones de ciudadanos.
La norma establece que las empresas concesionarias y proveedores de servicios de infraestructura de telecomunicaciones y de electricidad están obligadas a presentar, ante la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) de cada sector, en un plazo máximo de tres meses, el Plan de Acción que indique los distritos y el cronograma de fechas de ejecución del retiro del cableado aéreo en desuso o mal estado.
En ese documento también se debes incluir los procedimientos de trabajo y las acciones de mitigación o contingencia ante eventualidades que pudieran generarse. Además, deberán presentar previamente ante la municipalidad distrital y provincial, según corresponda, el plan de calles para viabilizar ello.
Como se recuerda, el Reglamento es un texto concordado con todos los sectores involucrados en la ejecución: Ministerio del Ambiente, Ministerio de Energía y Minas y MTC.
Retiro y reporte
Posterior a la presentación del Plan de Calles, las empresas procederán con el retiro el cableado en desuso o mal estado de su titularidad, sin necesidad de la emisión de una autorización o acto administrativo por parte de la municipalidad distrital y provincial.
Asimismo, a partir de los seis meses de la vigencia del reglamento, las empresas presentarán ante la EFA los informes de retiro del cableado aéreo a nivel distrital, los cuales deberán ser presentados de forma trimestral.
Tras ello, deberán realizar las acciones necesarias para garantizar que el área intervenida, en caso fuera afectada, sea debidamente recuperada, incluyendo las labores de limpieza pública.