El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) publicó una resolución el pasado 14 de febrero, en la que calificó de “barrera burocrática ilegal” la impuesta por el Ministerio de Educación (Minedu) sobre la cuota de reingreso exigida por los colegios privados para aquellos alumnos que al momento de retirarse del centro educativo, se les devuelve el restante del pago inicial.
De acuerdo a la norma, sólo en los casos en los que se desembolsó el faltante de la cuota de ingreso, las familias deben pagar por regresar al centro de estudios.
MINEDU E INDECOPI ENFRENTADOS. El tema por el que Indecopi y la cartera de Educación están enfrentados es por el cálculo, pues, según el Minedu, este debe realizarse según la edad o grado pendiente de conclusión, lo que implica dividir la cuota en un total de 13 grados (2 grados en educación inicial, 6 grados en educación primaria y 5 grados en educación secundaria).
Sin embargo, para el instituto ello va en contra de la Ley de los Centros Educativos Privados (Ley 26549), la cual dispone que el cobro únicamente debe efectuarse de forma proporcional a los niveles o ciclos de permanencia del estudiante en la institución educativa. Es decir, educación inicial, educación primaria y educación secundaria, en el caso de niveles, o siete ciclos: dos en educación inicial, tres en educación primaria y dos en educación secundaria.