El Poder Judicial admitió a trámite la demanda de amparo presentada por Delia Espinoza Valenzuela contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por su exclusión del padrón electoral. La decisión fue emitida por el 4.° Juzgado Constitucional de Lima y comunicada por el abogado de la exfiscal, Luciano López.
El caso es relevante porque la exfiscal busca recuperar su derecho al sufragio y participar en futuros procesos electorales.
PIDEN ALEGATOS. Mediante la Resolución N.° 01, el juzgado dispuso admitir la demanda interpuesta por Espinoza contra el presidente del JNE, Roberto Burneo Bermejo, y la Procuraduría Pública de dicha institución. Asimismo, otorgó un plazo de diez días para que la entidad demandada presente sus descargos.
SOLICITUD. La exfiscal solicita la nulidad de la Resolución N.° 0744-2025-JNE que derivaró en su exclusión del padrón electoral para todos los comicios. Por eso, pide que se restituya su derecho al sufragio activo y su incorporación al registro electoral.
El juzgado programó una audiencia única virtual para el 27 de agosto de 2026 a las 10:00 horas, en la que las partes expondrán sus argumentos antes de que se emita una decisión sobre el proceso.
OFICIALIZAN INHABILITACIÓN. El Congreso oficializó la inhabilitación por diez años de la exfiscal de la nación, Delia Espinoza, mediante una resolución publicada en el diario El Peruano.
La sanción se sustenta en la denuncia constitucional que presentó contra 11 congresistas por presuntamente beneficiarse del proyecto de ley N.° 31473, el cual permitía a exmilitares parlamentarios percibir simultáneamente su sueldo como congresistas y su pensión.
La acusación vulneró el artículo 93 de la Constitución que establece no se puede juzgar el voto parlamentario.