El congresista Guido Bellido, de la bancada de Podemos Perú, presentó el proyecto de ley 12125, para establecer que reos realicen trabajo obligatorio como parte de su “régimen de tratamiento penitenciario orientado a su resocialización”.
Para ello, se tendría que modificar los artículos 23° y 59° de la Constitución Política del Perú para añadir el siguiente texto: “El trabajo en centros penitenciarios es obligatorio para las personas privadas de libertad, como parte del proceso de reinserción social, respetándose sus derechos fundamentales y condiciones mínimas laborales”.
Asimismo, se tendrían que cambiar los artículos 28, 29, 73 y 75 del Texto Ordenado Del Código de Ejecución Penal. Por ejemplo, en cuanto a la remuneración, se menciona que un 10% servirá obligatoriamente para costear los gastos que genera la actividad laboral del reo y el 20% para costear, parcialmente, su manutención. “El resto deberá ser distribuido en la forma que establece el reglamento”, menciona el texto.
De acuerdo con Bellido, presentó esta iniciativa porque “una parte importante de los internos no accede a las actividades educativas, terapéuticas o productivas que les permitan desarrollar habilidades para reintegrarse adecuadamente en la sociedad al concluir su condena”. En ese sentido, afirma, pueden reincidir al salir de la cárcel y no encuentran formas de generar ingresos legalmente, reinciden en actos delictivos.
A modo de justificación, menciona que existes “diversos informes” de la Defensoría del Pueblo y organismos internacionales de derechos humanos han advertido que el sistema penitenciario peruano, en su estado actual, no garantizaría adecuadamente “los fines resocializadores de la pena privativa de libertad”.
“Frente a ello, se hace urgente replantear el enfoque del tratamiento penitenciario, adoptando mecanismos efectivos que no solo reduzcan los niveles de ocio en los penales, sino que fortalezcan la formación laboral, la disciplina y el sentido de responsabilidad de los internos”, acota.