Política

Congreso: miembros de la JNJ ejercen su derecho a la defensa ante el pleno

Como se recuerda, la denuncia constitucional está referida a la permanencia en el cargo de Inés Tello

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DIARIO VIRAL

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Integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) comprendidos en el informe final de la denuncia constitucional que plantea su destitución e inhabilitación ejercen, ante el pleno del Congreso, su derecho a la defensa, a fin de que esta no sea aprobada.

La primera intervención fue la de Imelda Tumialán Pinto, quien rechazó haber incurrido en infracción constitucional cuando el colegiado, en el año 2020, emitió una resolución según la cual el límite de 75 años de edad es requisito para ser elegido miembro de la Junta pero no para la permanencia en el mismo.

Como se recuerda, la denuncia constitucional está referida a la permanencia en el cargo de Inés Tello de Ñecco, quien actualmente tiene 78 años.

Tumialán precisó que la resolución de la JNJ se emitió al realizar una interpretación jurídica de los artículos 155 y 156 literal c) de la Constitución, al disponer que el mandato de los miembros titulares de la entidad es de cinco años, el cual "no puede ser limitado o interrumpido sin causal expresa".

Dijo tener confianza en la decisión que adopte el Parlamento con respecto a la acusación constitucional y reiteró que no existe infracción constitucional.

Por su parte, el abogado de cinco de los miembros de la JNJ, Samuel Abad, insistió en que el Congreso no puede realizar control político ante una discrepancia interpretativa -la referida al límite de edad- y con ello vulnerar la independencia de un poder del Estado.

“La Constitución se lee en su conjunto. Si uno lee el artículo 156 c), que habla de la edad, con el artículo 155, que habla del periodo de la duración, llega a la conclusión que si alguien es elegido a los 74 años, tiene un mandato de 5 años, porque así lo ordena el artículo 155”, precisó.

Asimismo, recordó que, de ser destituidos los integrantes de la Junta, se afectaría el quórum de cinco miembros sin el cual dicha institución no podría cumplir sus funciones constitucionales, lo que afecta procesos de ratificación y nombramiento de jueces y fiscales, entre otros.

En tanto, Antonio De La Haza, actual presidente de la JNJ, consideró que no es posible sostener que ellos hayan realizado una interpretación arbitraria o antojadiza sobre el tema del límite de edad, sino que esta ha sido realmente meditada y con base en el ordenamiento jurídico. "La mera discrepancia de criterio interpretativo no puede redundar en una supuesta infracción constitucional", añadió.

Por su parte, Aldo Vásquez, vicepresidente de la JNJ, indicó que los miembros de la entidad ya formularon un amplio descargo ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales y prácticamente ninguno se aborda en el informe que hoy se somete a debate.

Pidió al Congreso no contribuir al socavamiento de la democracia con su decisión, sea que esta afecte a todos sus miembros o a algunos de ellos, ya que igualmente se configuraría “una ilegítima intromisión en la configuración del colegiado”. “Que no se adopte hoy una decisión irreflexiva que tengamos que lamentar”, señaló Vásquez.

A su vez, Henry Ávila, miembro de la Junta, señaló que, a su criterio, una discrepancia interpretativa “no es una razón suficiente para sostener una acusación y menos aún proponer una sanción de tanta relevancia e impacto no solo en lo institucional, sino también un impacto en los derechos fundamentales”.

“Resulta improcedente concluir que los miembros de la JNJ hemos incurrido en una infracción de la constitución, por cuanto, como hemos demostrado, no existe unanimidad, uniformidad de criterios ni certeza sobre cuál debería ser el criterio interpretativo final sobre el tema en controversia, solo existen posturas distintas al respecto y todas ellas razonables”, sostuvo a su turno María Zavala, otra de las integrantes del colegiado.

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