El Gobierno promulgó el Decreto Legislativo N.º 1723, tras recibir facultades del Congreso, con el objetivo de obligar a las empresas de telecomunicaciones a garantizar la trazabilidad de llamadas y mensajes de texto. La norma fija reglas y mecanismos para el uso adecuado de la numeración, busca eliminar el anonimato y permitir la identificación de responsabilidades, a fin de reducir comunicaciones ilícitas que afectan a los usuarios. “La comisión de actos ilícitos… representa un riesgo creciente para la seguridad ciudadana”, advierte la exposición de motivos.
Un eje central del decreto es el rol del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), que queda habilitado para monitorear de forma permanente las redes y verificar que las operadoras adopten medidas técnicas y operativas que impidan el avance de llamadas o SMS con fines delictivos. El MTC también supervisará que los usuarios puedan advertir comunicaciones sospechosas y que se apliquen tecnologías para bloquear extorsiones, estafas, amenazas y suplantación de identidad.
La obligación no alcanza solo a las operadoras: el decreto incorpora como “agentes vinculados” a toda persona natural o jurídica que intervenga en el enrutamiento o tenga información de trazabilidad, lo que incluye a empresas como bancos cuando facilitan la llegada de una comunicación. Entre las exigencias figuran determinar el origen de llamadas y mensajes irregulares, bloquearlos y aplicar controles adicionales. Además, el MTC definirá por reglamento las condiciones y obligaciones de estos agentes, reforzando un marco que apunta a cortar la cadena de delitos digitales desde su origen.