El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 32413 que promueve el uso de la billetera digital para percibir el pago de haberes y otras obligaciones laborales, con el objetivo de ampliar el alcance de las herramientas financieras inclusivas para todos los trabajadores y ciudadanos.
Se trata de una iniciativa legislativa, sustentada en el proyecto de ley 4975-2022-CR, que fue aprobada por el Pleno del Congreso el 12 de junio pasado y publicada este sábado 12 de julio en el diario oficial El Peruano.
La normativa tiene por objetivo reconocer el uso de la billetera digital, entre ellas Yape y Plin, como un medio de pago válido para que los empleadores abonen el pago de haberes y otras obligaciones laborales (CTS, gratificación, etc.) a los trabajadores de los sectores público o privado.
La ley se aplica para aquellos casos en que, por común acuerdo entre el trabajador y el empleador, se elija el uso de la billetera digital para la percepción del sueldo y otras obligaciones laborales, siempre que el trabajador considere que esta modalidad le resulte más conveniente.
Asimismo, se establece que para el pago de haberes y otras obligaciones laborales mediante la billetera digital rigen los mismos principios, derechos y obligaciones aplicables al depósito del sueldo a través de una cuenta bancaria convencional.
En tanto, la ley precisa que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determina el nuevo límite operativo aplicable a la billetera digital que realice operaciones con dinero electrónico para el pago de haberes y otras obligaciones laborales, con el fin de facilitar una mayor inclusión financiera.
El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobará el reglamento de la citada ley en un plazo no mayor de 90 días calendarios contados desde su entrada en vigor.