El Poder Judicial declaró infundado el pedido del diputado Julián Pérez para excluir de la investigación el certificado médico legal practicado a su expareja, quien lo denunció por presuntas agresiones. El juez supremo provisional Juan Carlos Checkley concluyó que el documento fue obtenido mediante un procedimiento regular y que no correspondía retirarlo del proceso.
La defensa de Pérez sostenía que el certificado constituía una prueba ilícita porque, según alegó, no cumplía con los parámetros establecidos en la guía médico-legal para evaluar lesiones corporales. También cuestionó la documentación de los resultados y afirmó que se habían vulnerado las garantías procesales del investigado.
Sin embargo, en una resolución emitida el 19 de octubre, el magistrado señaló que el examen fue realizado por un médico del Instituto de Medicina Legal, perteneciente al Ministerio Público, dentro de un procedimiento relacionado con la investigación penal.
El documento médico registró signos de violencia, entre ellos equimosis —moretones— en el brazo y la pierna de la denunciante. Según el juez, el certificado da cuenta de lo observado por el profesional durante la evaluación inicial realizada después de los hechos denunciados.
Por estas razones, Checkley concluyó que el documento no constituía una prueba ilícita o irregular y determinó que no correspondía excluirlo de la investigación.
El diputado afronta una investigación preliminar en la Fiscalía Suprema de Familia por el presunto delito de agresiones contra las mujeres o integrantes del grupo familiar. El rechazo de su pedido no constituye una sentencia sobre su responsabilidad penal.