El Congreso impulsó varios proyectos de ley para reformar el sistema de justicia e hizo modificaciones al Código Penal y Civil durante estos dos años de gestión. La más criticada fue la llamada ‘Ley Soto’ (Ley 31751) que favoreció a investigados como su titular Alejandro Soto. Tras ello cuatro jueces supremos declararon inconstitucional dicha norma y ordenaron no aplicarla. Sin embargo, Waldemar Cerrón denunció a los jueces y pidió la destitución e inhabilitación de los magistrados ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. Esta acción invade la independencia judicial según el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, César de la Cuba Chirinos, quien en entrevista con Diario Viral opinó sobre la intervención del Congreso en el sistema judicial.
¿Cuál es su posición frente a los proyectos presentados para reformar la justicia peruana? Si es una reforma para dotar de un marco normativo que permita un mecanismo más célere y eficaz. Siempre desde la Corte de Arequipa estaremos de acuerdo, pero también hay un límite en la intervención a un proyecto de reforma. La independencia judicial no puede ser avasallada por intentos de reforma cuando el ente político quiere ingresar hacia el dominio del Poder Judicial para someter a la justicia a algunos mandatos que están contra el orden constitucional. Nosotros estamos alertas a ese tipo de normas que va contra el marco normativo.
Uno de los casos es el proyecto, ya retirado, del parlamentario Roberto Chiabra que propuso que sea el Congreso que se encargue de destituir a los jueces y fiscales supremos... Sí. Por ejemplo ese es contrario al orden constitucional. Nosotros nos pronunciamos de inmediato junto al presidente del Poder Judicial, luego en esa misma tarde fue retirado el proyecto y eso indica que los congresistas pueden ser reflexivos. Los legisladores pueden discutir cualquier iniciativa legislativa, pero al momento de promulgar esta tiene que ser acorde al marco constitucional.
En el caso de la llamada ‘Ley Soto’, se denunció a los jueces que se pronunciaron y calificaron de inconstitucional la norma... Cuando la ley se promulga y en este caso los jueces, estimamos que va en contra el contenido normativo de la Constitución, existe la figura del control difuso que en algunos casos los jueces lo usan. Es decir, si los jueces estiman que la norma no es acorde, no lo aplican. Pero el hecho de dar responsabilidad a algunos magistrados por haber emitido dicha decisión eso sí contraviene la independencia judicial, puesto que el juez está resguardado por el artículo 139 de la Constitución. Es decir.. Ahí se invade la independencia judicial.
¿Su posición frente a la inhabilitación de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia? Desde un aspecto jurídico se debe llamar a todos los poderes del Estado y organismos autónomos al ejercicio de sus facultades dentro de los parámetros de la Constitución. El Congreso debe analizar toda la situación, incluido el quórum para no originar que la JNJ se vea afectada. El debate debe darse dentro del marco normativo.