La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, afirmó que la reciente decisión que valida la Ley 32107 —la cual fija que los delitos de lesa humanidad solo pueden aplicarse a hechos ocurridos desde el año 2002— se ajusta plenamente al marco constitucional vigente. Según explicó, el fallo se adoptó al no alcanzarse los votos necesarios para declarar inconstitucional la norma, lo que la deja plenamente vigente y de obligatorio cumplimiento.
Pacheco precisó que la sentencia establece con claridad que los jueces no pueden inaplicar la ley, ya que el Tribunal Constitucional es la máxima instancia de control constitucional. “Cuando el TC declara constitucional una norma, esta debe ser acatada. De lo contrario, se quiebra el principio de seguridad jurídica”, sostuvo, en respuesta a sectores que cuestionan la decisión.
La magistrada rechazó además las críticas que señalan que la norma promueve impunidad. Aseguró que la ley no elimina la persecución de delitos graves, sino que precisa el marco temporal bajo el cual pueden ser juzgados, conforme a los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano a partir de 2002, con la entrada en vigor del Estatuto de Roma.
Asimismo, Pacheco enfatizó que el derecho penal internacional exige criterios específicos para tipificar los crímenes de lesa humanidad, como la existencia de una política de Estado sistemática, condición que —según sostuvo— no se configura automáticamente en todos los casos del conflicto interno peruano.
La decisión del TC ha reavivado el debate político y jurídico en el país, enfrentando a quienes defienden la seguridad jurídica con quienes advierten un retroceso en la lucha contra la impunidad. Mientras tanto, el fallo marca un precedente que redefine los alcances legales de los crímenes de lesa humanidad en el Perú.