La Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República aprobó por unanimidad sancionar a las empresas que realicen llamadas spam con una multa de 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que representa más de 2 millones 317 mil 500 soles.
De acuerdo a la norma, se prohíbe expresamente el uso de centros de llamada, sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo a consumidores.
“La vulneración de esta prohibición es considerada una infracción muy grave, lo que conlleva sanciones económicas significativas para las empresas que la incumplan”, señaló el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, Wilson Soto Palacios.
Soto Palacios dijo que con la implementación de esta ley, que requiere la aprobación del pleno, nuestro país se unirá a un número creciente de países que están tomando medidas enérgicas contra las comunicaciones comerciales no solicitadas, estableciendo un precedente importante en la lucha por los derechos del consumidor y la ética en las prácticas comerciales.
Sin embargo, precisó que, se establece una excepción para aquellos casos en los que el consumidor manifieste de manera libre, previa, informada, expresa e inequívoca su consentimiento para ser contactado por el proveedor a través de diversos medios de comunicación.
Es importante destacar que este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento, de acuerdo con la normativa vigente en protección de datos personales.